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EL SEIS DOBLE
lunes, 8 de febrero de 2016
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"Prometer hasta meter y una vez metido nada de lo prometido"
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 ‘Pulso económico’. Por: Carlos Yago
En Alzira se está pagando el doble de IBI de lo que se debería pagar

"El gobierno local prometió revisar el valor catastral de los inmuebles y una vez el voto en bolsillo no han hecho lo que prometieron"


 

 

Pulso económico" es un programa de Carlos Yago, economista y abogado. En este espacio tratará temas relacionados con la economía y la política de Alzira.

 

La revisión catastral es otra de las promesas incumplidas del tripartito en Alzira. Los valores de los inmuebles están muy elevados porque se hicieron en una época en el que los valores reales estaban en máximos. Hoy, si se revisara el valor catastral estaríamos hablando de una reducción aproximada del 50%; es decir, si un alzireño paga 400 euros en su recibo de contribución, por poner un ejemplo bastante frecuente, con la revisión pagaría unos 200.

Hoy, en Alzira, el impuesto está distorsionado porque se están aplicando unos tipos impositivos sobre valores muy elevados. El afectado no es otro que el contribuyente.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) se deben basar en unos valores reales, en concreto los que tengan en la actualidad los inmuebles.

Diego Gómez e Isabel Aguilar dijeron en campaña electoral que una de las primeras cosas que tenían que hacer si gobernaban era revisar el valor catastral. Han llegado al ansiado poder y no han hecho nada de lo dicho; una vez el voto en bolsillo no han hecho lo que prometieron a sus votantes y, por extensión, a los alzireños. En Alzira se está pagando el doble de IBI de lo que se debería pagar.

Albert Furió, al que bautizo políticamente como "El Pruedente", dijo que no iba a hacer la revisión catastral "por prudencia". Señor Furió, si pide la revisión del valor catastral, se la van a dar; usted la verá y puede aplicarla o no aplicarla... ¿Qué es la prudencia? ¿De qué tiene miedo? Díganos de qué tiene miedo y entonces veremos si su prudencia nos interesa a los demás.

Podría pensarse que si los ciudadanos pagan la mitad de IBI no habrán suficientes ingresos para cubrir los gastos. Pues, entonces, está muy claro, hay que rebajar los gastos; pero los gastos son siempre los mismos y lo único que se hace es recaudar cada vez más hasta ahogar al contribuyente. Esto nunca pasaría en una empresa o en una economía familiar, sólo en un Ayuntamiento.

Carlos Yago

 

  

 

 

 

 

El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

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Comentarios de nuestros usuarios a esta noticia

viejo - 08/02/2016
Ya te he preguntado varias veces desde este digital, cual es tu opinión sobre la rebaja del IBI a las casas con mayor valor catastral y la subida del IBI a las viviendas de menor valor catastral, y has dado la callada por respuesta. El mismo silencio en el que te has instalada a este respecto de la revisión catastral durante los últimos 7 años, años en los que no ha dejado de bajar el valor de las viviendas.
Por lo visto el ansia de poder agiliza la memoria y suelta la lengua, pero si has tardado 7 años en enterarte de esto, es posible que te pase lo que a muchos chicos del PP de Valencia, que ahora se enteran de que se manejaba dinero negro en las campañas electorales, o al menos, eso dicen.
saludos.
arruinado - 08/02/2016
Muy buen articulo, se deberia rebajar el ibi para que haya mas dinero circulante entre los ciudadanos de Alzira, Lastima que Carlos Yago no este en el ayuntamiento.
mindthegap - 08/02/2016
Estant d’acord amb la part expositiva de l’argumentació, tanmateix, no puc compatir la conclusió. És molt arriscat afirmar que l’IBI baixaria a quasi la meitat amb la revisió del valors cadastrals.
Si la referència per al càlcul d’eixos valors és de 2004 i tothom accepta que actualment ens trobem en valors de mercat de principis de la década passada, què li fa pensar al Sr. Yago que pagaríem la meitat?
En mi tierra te criaste... - 08/02/2016
Muy bien expuesto, Carlos. Debería haber alguna respuesta 'prudente' desde el gobierno local. ¿O es el viejo su portavoz?
Carlos - 08/02/2016
Sr viejo, no se si es que no ha oido el audio, pero le contesto en el mismo lo que vd me solicita siempre que escribe.
El cogedor de melones - 08/02/2016
Has pinchado varias veces el botón "Enviar" y el sistema te considera spam.
JALL - 08/02/2016
Si la crisis empieza en 2008 más o menos, ¿dónde estaba el articulista con sus cálculos para pedir la bajada catastral todos estos años? ¿Cuántas revisiones se hubiesen podido hacer desde entonces? ¿Por qué, en lugar de bajarlo, el PP lo ha seguido subiendo? ¿Por qué, ahora sí que revisa las promesas electorales del actual consistorio, y nunca ha revisado las del PP? ¿Por qué nunca ha salido a la palestra reivindicativa durante el mandato del PP? ¿Dónde estaba cuando el gobierno central decretó una bajada del 5%, y el concejal de hacienda del anterior ayuntamiento no lo aplico simplemente "porque no se ha contemplao" (y se quedó tan pancho en su mayoría absoluta)? ¿Cómo es que no comenta nada al respecto puesto que, bien mirado, esto puede ser considerado como un robo continuado de un 5% anual a los ciudadanos? ¿Puede que todos estos artículos vengan ahora de forma partidista y parcial, cargados de odio por el ascenso de nueva gente al frente del ayuntamiento, por alguien que no asimila que los tiempos cambian y que las cosas se pueden hacer de otra forma? Mire señor articulista, el PP ha estado en el ayuntamiento por más de una década y se ha marchado sin cumplir más de tres cuartas partes de todo lo prometido durante las cuatro campañas electorales; y lo que ha hecho solo servía para nuestra vergüenza y para ensalzamiento de su alcaldesa. Dicho esto, los nuevos solo llevan seis meses en faena y con unos presupuestos agotados antes de la toma de posesión del consistorio. Sea más humilde e imparcial, y deje que estos trabajen a su ritmo, que todavía les quedan tres años y medio para cumplir con lo prometido y usted ya los está machacando sin razón y sin piedad. ¿Dónde está ese voto de confianza que tanto exigía el PP cuando mandaba? Prefiero no extenderme más que me indigno.
salva - 08/02/2016
El nuevo gobierno de Alzira empieza ha mentir prometio revisar el catastro para rebajar el Ibi , ya se les ha olvidado y no piensan hacer lo que prometieron. vamos ha estar igual que antes . NO MAS PROMESAS SI NO LAS CUMPLEN..
ciudadan - 08/02/2016
Lo único que se puede asegurar después de este artículo y de las acciones del gobierno actual es que evidentemente han mentido a la ciudadanía. Aunque sinceramente a mi no me sorprende ya que cuando estaban en la oposición ya lo hacían.
Como además tampoco darán las explicaciones pertinentes y si lo hacen saldrá el concejal de turno con la "prudencia" cuando antes no eran prudentes
Sres repitan conmigo.......... "SOMOS UNOS MENTIROSOS"

Sr. Yago usted después de abandonar al partido anterior ahora parece que es el único en Ciudadanos que hace algo de oposición lo cual es de agradecer aunque le recomendaría no se queme tan pronto......... Queda una larga y entretenida legislatura de mentiras del tripartito
Enriquito - 08/02/2016
Este tipo de informaciones no las sacan nunca los medios de comunicación chaqueteros y yo me pregunto porque será
Canito - 08/02/2016
Si con una revisión catastral pagaramos todos la mitad de contribución eso sería para replantearse para que XXXXXXX estáis ahí
yo - 08/02/2016
Carlos YAgo... ha estado en las listas del Bloc NAcionalista, en las de UPyd y ahora simpatiza con ciudadanos desde que UPyd desapareció en las últimas elecciones...un hombre muy coherente sí señor.
el cogedor de melones - 08/02/2016
Aclarar antes de nada que no me daba como enviado mi comunicado por lo que redacto de nuevo.
La exposición mas que clara,los inclumplimientos también lo son a lo cual me hace pensar que rebajada de un 50% de ingresos no tendrían ni para pipas después de los multiples gastos de nuestro Ayuntamiento.
Sres del consistorio: ahora es cuando realmente uno se tiene que mojar,si sobran puestos de trabajo,si hay gastos creados como norma y costumbre,etc.....ahora es el momento de solucionarlo a pesar de todos.Lo que no podemos hacer esto interminable y que la mayoría de ciudadanos cargen siempre con todo el peso.
No voy a decir mentirosos aun,les voy a dar un margen mas de confianza porque creo en las personas en general sean del signo que sean.
Sr.Carlos,como siempre ha sido usted claro y conciso,espero que ese punto de sensatez haga que continue en este espacio que aunque sea pequeño pero tan necesario para los ciudadanos de a pie.
Vecino de Alzira - 08/02/2016
Respecto a los comentarios realizados por el Sr. Yago, estoy totalmente de acuerdo, nos están cobrando de más. Este es un impuesto que afecta a la práctica totalidad de las familias. Debería de ser justo y proporcionado con la realidad actual. La ley es clara, debe revisarse a los cinco años si existe una variación sustancial del valor y en todo caso se hará a los 10 años.

En cuanto a las promesas, deberían ser de obligado cumplimiento. No se puede prometer la revisión catastral y luego decir que no se pide por prudencia. La prudencia la tiene que tener el partido político antes de realizar tal afirmación en su programa.

Respecto a sus comentarios en este digital, me parece perfecto que algunas personas asuman el papel de oposición en este Ayuntamiento, pues creo que a día de hoy no existe, ya sea el tripartito, el PP o quien sea.

Ciudadano - 08/02/2016
Sr. Yago podría escribir sobre temas novedosos, C´s Alzira y su concejal Maria José Llopis ya presentó esta propuesta hace bastantes meses!!!!. Parece que sigue traumatizado por el ridículo que hizo en la campaña electoral en la que obtuvieron 0.0 concejales. Parece que el pueblo ya le va conociendo...

De todas las maneras el tripartito debería hacer efectiva la moción de C´s y bajar el IBI
viejo - 08/02/2016
Efectivamente, CARLOS, no había escuchado tu comentario. Intentare sustraerme a la emoción que me embarga al verme citado en tu conferencia e intentaré contestarte:
En el año 2012, si no recuerdo mal, nuestra exalcaldesa en un arranque de solidaridad, decidió bajar el 6% el impuesto del IBI a las viviendas cuyo valor catastral fuera igual o inferior a la media, bajando el gravamen del 0,6733 al 0,6352.
En el año 2016 Compromís, EU y PSOE han decidido bajar al IBI de las viviendas con un valor superior a la media del 0,6733 al 0,6362 y a las viviendas con un valor catastral igual o inferior a la media subir el IBI del 0,6352 al 0,6362.
Como lo habitual es que los ciudadanos con mayor poder adquisitivo vivan en viviendas con un mayor valor catastral, se entiende que se trata de una rebaja de impuestos a los más ricos.
Como lo habitual es que los ciudadanos con menos poder adquisitivo vivan en viviendas de un menor valor catastral, podemos entender que se trata de una subida de impuestos a los más necesitados.
Como los mayores tenedores de viviendas de esta ciudad son los bancos, la SAREB y los "fondos buitres" locales, (que ambos conocemos), viviendas muchas de las veces conseguidas por medio de desahucios, adjudicaciones hipotecarias, engaños y subastas, podemos colegir, que esta medida beneficia a aquellos que se han aprovechado y se están aprovechando de los resultados de esta maldita crisis.
Que en estos tiempos de colas en las puertas de Cáritas y Cruz Roja, con más de 4.000 parados, niños sin libros y gente rebuscando en los cubos de basura, me parece indecente que se rebajen impuestos a los que más tienen y se suban a los que menos tienen.
Si estamos de acuerdo con lo anteriormente descrito, podemos continuar con nuestra conversación, de lo contrario no me gustaría convertir este debate en un diálogo de sordos.
Saludos.

Nota.- Tutéame por favor, me hace sentirme más joven.
El Prelado - 08/02/2016
En su mandato el PP no reviso el catastro, cuando es obligado por ley minimo cada diez años, pudiendo ser revisado antes.
Del PP me lo puedo creer todo, insolidaridad, incumplimiento de lo pactado, concejales ineptos..... por lo que no me sorprendio su actuacion y ahora espero que estos tampoco me sorprendan, les dare un tiempo, pero no olvidare y les recordare lo que prometieron
El cogedor de melones - 08/02/2016
Yo del Pp no voy a comentar nada,lo que no me explico yo como no se les cae la cara de vergüenza pertenecer a ese partido...
Me centro con los actuales y sus hechos.Pp un cero a la izquierda.
midthegap - 09/02/2016
A la vista dels comentaris, s’arriba a les següents conclusions: pocs o ningú s’han escoltat l’audio i d’altra banda hi ha molt de desconeixement.

La base de referència per al càlcul de les actuals contribucions pren preus de l’any 2004. Com bé explica l’audio, obligatòriament, eixe valor es revisa cada 10 anys. Alzira està dins dels municipis que fins el 30 de novembre del present any ha de regularitzar el seu catastre (BOE núm 181, de 30 de juliol de 2015). És a dir, revisió va a haver-ne si o si.

Els ajuntaments poden demanar la regularització abans de la fi d’eixe periode, per exemple, si ha hagut una modificació substancial de la planificació urbana o si ha hagut un canvi de tendència molt marcat en el mercat immobiliàri que fa que els valors cadastrals depassen el valor de mercat, cosa que és ilegal.

D’altra banda, actualment, i no és una cosa inventada, qualsevol pot consultar publicacions especialitzades o portals immobiliaris prou coneguts, estem en preus de mercat similars als dels inicis dels 2000. Recordem que l’actual referència cadastral és de 2004, per això, l’afirmació del senyor Yago de què l’IBI baixarà al voltant del 50% és una afirmació absolutament gratuïta.

És ara quan la gent devem estar més pendents per a vore de quina manera ens afecta la revisió, sabent que es pot recurrir en cas de desacord, i demanar a l’ajuntament que actue de manera responsable amb el segon mecanisme que té per al control de l’IBI, el percentatge que aplica al valor cadastral per a cobrar el dit impost.
SALVA - 09/02/2016
Estimado Carlos Yago, es de agradecer el esfuerzo que estás haciendo por dar a conocer tu opinión bien desarrollada sobre temas importantes que a un gran número de ciudadanos nos cuesta entender. Sobre el tema del catastro se pueden dar diferentes opiniones con diferentes interpretaciones y que leidas o escuchadas por mucha gente pueden ser igualmente válidas. He escuchado con mucha atención tu audio, en el que hay cosas que puedo estar de acuerdo, pero hay algunas afirmaciones, que despues de comprobar los datos objetivos, no me cuadran con los que tu indicas. Según las ordenanzas del ayuntamiento de Valencia su coheficiente de aplicación del IBI al valor catastral es el 0,806 y el de Alzira el 0,6362, por lo tanto, no es cierto lo que tu dices. Pasa lo mismo en el de Algemesi, que es el 0,827 y el de Carcagente el 0,90. por lo tanto hay que ir con cuidado cuando se afirman algunas cosas, que salvo errores mios de interpretación, las considero no ciertas. Lo de la afirmación tuya de que si se aplicara la modificación catastral que tu indicas, el valor catastral bajaría el 50% no estoy de acuerdo y coincido con lo expresado por "midthegap". Por lo tanto en mi opinión cuando se hacen este tipo de cfiticas hay que ser un poco mas cuidadoso y mas si se hacen desde una posición politica diferente. Saludos solidarios
SALVA - 09/02/2016
Estimado viejo, en este tema no es mi intención volver a debatir contigo, pues ambos tenemos claro lo que opinamos. Hay una cosa que has dicho en varios comentarios y me ha llamado la atención y he ido a la ordenanza municipal de Alzira y tus cifran no cuadran con la ordenanza. Tu dices que el valor catastral inferior a la media ha pasado con la última decisión del tripartito del 0,6352 al 0,6362. Según la ordenanza que he leido se mantiene el 0,6352 para el valor catastral inferior a la media. Si no te importa lo compruebas por ver si hay alguna confusión, gracias. Saludos solidarios
Carlos - 09/02/2016
Salva, me alegro mucho de tus comentarios y el buen tono de los mismos, y agradecido por tus elogios. A veces nos vemos obligados a impactar un poco en los audios para llamar la atención que no conseguiríamos haciendo comentarios mucho mas técnicos. Porque además de informar intento entretener. De todos modos la idea de que bajarían un 50% no la saco gratuitamente sino que lo he comprobado con recibos de IBI al comprobar los valores catastrales. En las poblaciones de nuestros alrededores, el coeficiente es mas elevado debido a que el valor catastral es muy inferior, y por ello el pago real de IBI aun continua siendo inferior al de Alzira. Lo que no comente en el audio es que el Ayuntamiento aunque baje el valor catastral puede subir el tipo impositivo hasta el 1.1 % con lo que podría ocurrir que finalmente aunque baje el valor catastral continuasemos pagando lo mismo.
Carlos - 09/02/2016
Voy a intentar comentar el tema de viejo que prefiero no hacerlo en el audio ya que seria farragoso y difícil de entender. En el ejercicio 2.012 el impuesto en Alzira era del 0.6352 del valor catastral. El denominado catastrazo de Montoro autorizó a incrementar unos coeficientes según el ejercicio de la ponencia de valores de los valores catastrales que en el caso de Alzira era del 6%, para la financiación de Ayuntamientos en el periodo de crisis. En Alzira se decidió solo incrementar con el catastrazo a los valores catastrales con un valor superior a la media y por ello estos inmuebles de mayor valor tributaban por el 0.6352*1.06= 0.6733. Este catastrazo era aplicable durante 2.012 y 2.013. Posteriormente se amplió su aplicación para los ejercicios 2.014 y 2.015. Y es por ello que estos inmuebles que tributaron más durante estos ejercicios, sin hacer nada el actual gobierno, y al desaparecer el recargo implantado por Montoro, en el ejercicio 2.016 tributaran igual que los de menor valor por el 0.6352. Espero haberme explicado y supongo entendereis que no es tema para debatir en un audio.
viejo - 09/02/2016
SALVA, lo puedes ver en La Ordenanza Fiscal Reguladora de Bienes Inmuebles del Ayuntamiento de Alzira, Artículo 7, apartado 1º (A), en el que nos dice que el tipo general es el 0,6362 %.
En un principio siempre dije que era del 0,6352, que era lo que nos habían dicho, pero desde hace unos meses el porcentaje que te digo del 0,6362 es el que veo en la web municipal.
Es posible que se trate de un error, lo que no me extrañaría en absoluto, pero viendo que en las últimas semanas estoy utilizando este porcentaje y el silencio de sus corderos sigue, estoy empezando a valorar que se trata de un nuevo engaño.
saludos
viejo - 10/02/2016
Carlos,
Tengo la impresión de que te vas por los cerros de Ubeda, para intentar justificar lo injustificable. Tú sabes que la progresividad de los impuestos es necesaria para asegurar la igualdad de oportunidades y la redistribución de la riqueza, también sabes que era un elemento ideológico latente en el espíritu fundacional de UPyD, partido con el que estuve en sus primeros años y en el que por lo visto militabas,
En definitiva, esta rebaja del IBI a las viviendas de mayor valor catastral se trata de una rebaja de impuestos a los que más tienen, que los mayores beneficiarios son los que tienen mejores viviendas y los que poseen más viviendas, es decir los menos afectados por la crisis.
En una ciudad con más de 4.000 parados, colas en la Cruz Roja, niños sin libros, desahucios, dependientes sin atender etc. etc,, un Ayuntamiento rechaza centenares de miles de euros en impuestos para beneficiar a los más ricos, a la banca, a los fondos buitres y a los especuladores. Comprendo que los palmeros descerebrados del tripartito gobernante callen y les apoyen, pero tú, pronto se te ha olvidado UPyD y su lucha contra el fraude de la banca y las injusticias sociales.
saludos.
SALVA - 10/02/2016
Estimado Carlos, he comprobado con mis recibos y los de mi hija los datos que tu expones y de ninguna de las formas se puede llegar al 50% de bajada del IBI. Lo que no sería lógico en estos momentos que trasladaras el valor catastral mas alla del año 2003. Se supone que aunque lo establecieras lo lógico es que desde ese año hasta la fecha, si le aplicaras los incrementos del IPC u otro tipo de incrementos te acercarias a valores del 2010/11, por lo tanto, en mi opinión te has excedido bastante en tu apreciación. En cuanto a lo de Carcagente y Algemesi, es cierto que los valores catastrales son algo mas bajos que en Alzira, pero desde siempre. En esas dos ciudades los pisos, en situaciones parecidas, siempre han sido mas económicos que en Alzira. En cambio el tipo impositivo ha bajado mas en Alzira, pero al mismo tiempo se ha ido incrementando todos los años la Base Liquidable. En consecuencia, en mi opinión sigo pensando que esas informaciones que estás haciendo son positivas, pero debes afinar mejor los datos. Ten en cuenta que estás haciendo una crítica politica partidaria, completamente licita, pero con datos y si hay errores, se puede entender como una manipulación hacia los ciudadanos. Saludos solidarios
SALVA - 10/02/2016
Estimado viejo, tienes razón el valor es 0,6362. Lo que me ocurrió, es que como tenía en la mesa la ordenanza de 2015 y la de 2016, me confundí al poner los datos. Disculpa y gracias. Saludos solidarios
fósforo - 10/02/2016
Sr. Yago, leyendo y oyendo sus parrafadas, solo puedo calificarlo como un "iluminado". Ud. que ha transitado por varios partidos políticos de nuestra ciudad, buscando algo de protagonismo y tal vez un sillón que no se merece viendo sus antecedentes políticos. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX ¿Cree que Ud. puede gestionar los recursos de todos los alzireños? No le quito su inquietud en buscar un sillón político en nuestro Ayuntamiento, pero Ud. no esta para dar lecciones a nadie, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Permítame que omita la lectura de sus artículos. Mírese al espejo y medite, evite dar lecciones, pase por el purgatorio y deje el tiempo pasar, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Agustín Pérez - 11/02/2016
Desde mi punto de vista la revisión catastral era y es un imperativo legal incuestionable. Lamentablemente, algunos partidos tuvieron que incluir la promesa de la revisión catastral en sus programas porque el partido gobernante en el momento en el que se generó la obligación legal (el PP) infringió la ley. El actual equipo de gobierno tiene la obligación de promover la revisión catastral por dos razones: la obligación legal (sobradamente pasada de plazos a estas horas) y la obligación moral (derivada de sus promesas electorales).
Las cábalas acerca de si el nuevo valor establecido por la ponencia será mayor o menor que el que actualmente se aplica deberían quedar fuera de cualquier consideración. Hay obligación legal y la administración es la primera que debe cumplir con sus obligaciones legales.
También queda fuera de contexto la sospecha de que, con los nuevos valores, no se podrían generar recursos suficientes para cubrir las obligaciones del Ayuntamiento y las devociones del equipo de gobierno del Consistorio. De nuevo basta con aplicar la ley y el sentido común: se fijan coeficientes impositivos dentro de los márgenes legales de modo que permitan atender debidamente las obligaciones que la administración local tiene con la ciudadanía.
SALVA - 12/02/2016
Estimado Agustir Pérez, una par de dudas con tus afirmaciones. Si la ley tuviera establecido, que a los diez años de la anterior modificación catastral fuera obligado sin más, efectuar dicha modificación catastral, al gobierno municipal del PP se lo hubiesen exigido y si no lo hacía lo hubiesen sancionado y digo mas, si el actual gobierno tripartito cuando fue a informarse a la oficina catastral para tener claro que podía hacer, se le permitió sin ningún impedimento que lo podía hacer al año siguiente. Entonces si el ayuntamiento ha tomado la decisión de hacer lo que ha hecho y que yo estoy en discrepacia, y si no tiene ninguna comunicación de la administración correspondiente, obligándole a rectificar su actuación, donde está la obligación legal inmediata o la infracción de la ley que tu indicas?. Soy de los que piensa que en estos temas tan importantes para la ciudadanía hay que ser muy cuidadoso con lo que se dice y mas aún cuando se hace desde otra opción politica. Otra cosa es la obligación moral y politica para cumplir con lo comprometido y para eso pienso que queda tiempo para realizarlo. Estoy de acuerdo con la parte final de tu comentario. Saludos solidarios.
Agustín Pérez - 12/02/2016
Hola SALVA. Doctores tiene la Iglesia y yo no soy uno de ellos pero quizás esto permita aclarar mi comentario.

"El artículo 28.2 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, establece que el procedimiento de valoración colectiva de bienes inmuebles de una misma clase podrá iniciarse cuando, respecto a una pluralidad de bienes inmuebles, se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, ya sea como consecuencia de una modificación en el planeamiento urbanístico o de otras circunstancias. Este procedimiento de valoración colectiva de carácter general, según establece el artículo 28.3 del citado TEXTO REFUNDIDO, sólo podrá iniciarse una vez transcurridos 5 años desde la entrada en vigor de los valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general, Y SE REALIZARÁ EN TODO CASO A PARTIR DE LOS DIEZ AÑOS desde dicha fecha."

2004 + 10 = 2014 (PP no insto la revisión) ·····> 2016 (Compromís, PSOE, EU tampoco han instado, todavía, la revisión)

A este respecto puedes encontrar esta información y mucha más en http://www.catastro.meh.es/ponencias/Metodologia.pdf (en el documento viene en negrita lo que yo he puesto en mayúscula por no saber como poner en negrita una parte del comentario).

En todo caso, el hecho de que esa reivindicación figurase en los programas electorales de algunos partidos ya te da a entender que era, como mínimo, conveniente además de ser legalmente exigible.
SALVA - 13/02/2016
Estimado Agustin Pérez, tu mismo lo has aclarado con el texto de la norma, "Y SE REALIZARA EN TODO CASO A PARTIR DE LOS DIEZ AÑOS". No tiene caracter imperativo para que se realice de inmediato, que es lo que yo he explicado en mi anterior comentario. En consecuencia Agustin no se debe ser tan radical en la primera intervención, pues se corre el riesgo de pasarse de frenada. Queda claro que el tripartito no está cometiendo ninguna ilegalidad, puesto que puede aplicar la revisión catastral al proximo año o al otro y no incumple su propuesta electoral, en terminos estrictamente politicos. Yo de momento y según la información que me dieron cuando fui a pedirles explicaciones por como lo habian hecho, es que optaban por la prudencia de analizar con mas calma las posibilidades reales de llevarlo adelante en el proximo año. De momento he optado por confiar en dicho compromiso. Lo sigo repitiendo, utilizar estos temas tan importantes para los ciudadanos de forma ligera y con criticas desde opciones politicas diferentes, me parecen poco acertadas y a lo ocurrido con tu critica me remito. Saludos solidarios
Agustín Pérez - 13/02/2016
Los ciudadanos que leen este diario digital no sólo pueden valorar mis afirmaciones sino también la credibilidad que les merezco. A fin de cuentas yo suscribo mis comentarios con nombre y apellidos. Por ello me reitero, palabra por palabra, en lo que ya dije, aún a riesgo de crear la alarma social a la que alude SALVA y que yo no veo por ninguna parte.

"El artículo 28.2 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, establece que el procedimiento de valoración colectiva de bienes inmuebles de una misma clase podrá iniciarse cuando, respecto a una pluralidad de bienes inmuebles, se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, ya sea como consecuencia de una modificación en el planeamiento urbanístico o de otras circunstancias. Este procedimiento de valoración colectiva de carácter general, según establece el artículo 28.3 del citado TEXTO REFUNDIDO, sólo podrá iniciarse una vez transcurridos 5 años desde la entrada en vigor de los valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva de carácter general, Y SE REALIZARÁ EN TODO CASO A PARTIR DE LOS DIEZ AÑOS desde dicha fecha.

2004 + 10 = 2014 (PP no insto la revisión) ·····> 2016 (Compromís, PSOE, EU tampoco han instado, todavía, la revisión)

A este respecto puedes encontrar esta información y mucha más en http://www.catastro.meh.es/ponencias/Metodologia.pdf (en el documento viene en negrita lo que yo he puesto en mayúscula por no saber cómo poner en negrita una parte del comentario).

En todo caso, el hecho de que esa reivindicación figurase en los programas electorales de algunos partidos ya da a entender que era, como mínimo, conveniente además de ser legalmente exigible.

Desde mi punto de vista la revisión catastral era y es un imperativo legal incuestionable. Algunos partidos incluyeron la promesa de la revisión catastral en sus programas porque el partido gobernante en el momento en el que se generó la obligación legal (el PP) infringió la ley. El actual equipo de gobierno tiene la obligación de promover la revisión catastral por dos razones: la obligación legal (sobradamente pasada de plazos a estas horas) y la obligación moral (derivada de sus promesas electorales).

Las cábalas acerca de si el nuevo valor establecido por la ponencia será mayor o menor que el que actualmente se aplica deberían quedar fuera de cualquier consideración. Hay obligación legal y la administración es la primera que debe cumplir con sus obligaciones legales.
También queda fuera de contexto la sospecha de que, con los nuevos valores, no se podrían generar recursos suficientes para cubrir las obligaciones del Ayuntamiento y las devociones del equipo de gobierno del Consistorio. De nuevo basta con aplicar la ley y el sentido común: se fijan coeficientes impositivos dentro de los márgenes legales de modo que permitan atender debidamente las obligaciones que la administración local tiene con la ciudadanía.”
Julio Iglesias - 13/02/2016
Me dan risa todos los que aparecen por aquí presumiendo de dar nombre y apellidos.
Sr, Agustín Pérez, una pregunta, ¿cómo sabemos que usted es realmente Agustín Pérez?
Quien da nombre y apellidos en un foro político es porque tiene intereses personales para trepar.
Lo importante es la opinión o la idea que se pueda aportar, el nombre es algo superfluo, a no ser que se pretenda figurar.
Usted puede seguir poniendo su nombre, pero no por ello quien no lo ponga es menos creíble. A la elección de hacer públicos o no los datos personales se le llama libertad.
Para que no se enfade, le dejo mi nombre. Ahora bien, ¿usted cree que soy Julio Iglesias? Pues yo tampoco que usted sea Agustín Pérez porque lo haya puesto en la casilla que pone "Autor". Estamos en paz.
Agustín Pérez - 13/02/2016
Es cierto lo que dice "Julio Iglesias", los lectores nunca podrán saber con certeza si un comentarista es quien dice ser. No obstante, el moderador, si quisiera, si que podría acreditarlo. De hecho, nadie pone en duda la autoría de los artículos de opinión que vienen firmados. En este caso se trata de comentarios firmados. Me brindo a colaborar con el moderador en ese sentido.
Las ideas y las opiniones que aquí aportamos pueden parecer buenas, regulares o malas. Pueden compartirlas todos, muchos, pocos o ninguno. En todo caso, son tanto más creíbles cuanta más credibilidad tiene la persona que las plantea y cuanto más correcta y fundamentada es la manera de hacerlo.
Yo respeto su libertad para utilizar seudónimo. Por favor, respete usted mi libertad para utilizar mi nombre y apellidos sin acusarme . Entre otras razones lo hago porque al no ampararme en el anonimato mido con mucho cuidado lo que digo y lo que no digo. No me puedo permitir ofender a nadie y trato de exponer lo que pienso de manera que nunca, nadie, pueda sonrojarme por ser locuaz, desconsiderado o mentiroso.

Por cierto. Aprovecho para puntualizar mis comentarios anteriores. La ponencia de valores catastrales entró en vigor en 2005 por lo que el 2014 fue el décimo año que estuvo en vigor. Por lo tanto, legalmente procedía revisarla, necesariamente, en el año 2015.
mindthegap - 13/02/2016
Extracte del BOE 181, de 30 de juliol de 2015:

"...De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo (BOE número 58, de 8 de marzo), y en el artículo 4.1 del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (BOE número 24, de 28 de enero), esta Dirección General resuelve el procedimiento de regularización catastral será de aplicación, desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», y hasta el 30 de noviembre de 2016, en los siguientes municipios del ámbito territorial de las Gerencias Regionales y Territoriales del Catastro.

...Gerencia Regional de Valencia
Alfara de la Baronía, ALZIRA, Algar de Palancia, Beneixida, Benetússer, Benigànim, Estivella, Foios, Genovés, Massamagrell, Olocau, Senyera, Valencia, Vallés, Vilamarxant, Vilalonga/Villalonga, Villanueva de Castellón.
..."

El Ministeri d'Hisenda actuarà d'ofici sense que l'ajuntament li ho haja de demanar. Seguint els temps previstos per la legislació. Com havia dit en un comentari anterior, revisió va a haver-ne si o si, sense que fins al moment ningú haja comés cap il.legalitat, crec.
SALVA - 13/02/2016
Estimado Agustín Pérez, en toda la explicación que haces puedo estar de acuerdo, al margen de algunos matices. Pero en lo que discrepo es en la interpretación que haces del texto que dice, "Y SE REALIZARA EN TODO CASO A PARTIR DE LOS DIEZ AÑOS" y tu añades "Por lo tanto, legalmente procedía revisarla, necesariamente, en el año 2015. En mi opinión, precisamente ese texto ni es imperativo ni obligacional para ese año. La clave está cuando dice "EN TODO CASO" que es un condicional y no es obligacional. La otra palabra es cuando dice "A PARTIR DE LOS DIEZ AÑOS". Está diciendo que a partir de esa fecha se puede hacer, pero no me consta que la norma ponga una fecha determinada para haberlo realizado de forma obligada. Desde esa interpretación, mi opinión es que el tripartito no realiza ninguna ilegalidad al no hacerlo este año. Si hubiera ilegalidad, según tu interpretación, la oficina catastral cuando el tripartito hizo la consulta no se lo hubiesen permitido el no hacerlo. Otro cosa es la interpretación política que cada uno quiera hacer, pero mezclar legalidad con opinión política me parece poco adecuado y puede confundir a la ciudadanía. En cualquier caso me parece siempre interesante cuando alguien desarrolla su opinión con argumentos y con documentación. Saludos solidarios
viejo - 14/02/2016
Supongo que tras lo expuesto por "mindthegap", tendremos cola pidiendo disculpas y entenderán que usar el nombre real no es garantía de veracidad, no digo que tanto Agustín como Carlos hayan mentido, simplemente que no han preparado suficientemente los deberes, y que aquí se viene con los deberes hechos.
Agustín Pérez - 14/02/2016
En uno de mis comentarios anteriores en este hilo comenzaba diciendo “Doctores tiene la Iglesia y yo no soy uno de ellos”. Es evidente que "mindthegap" está mucho más informado y ha sabido sacar a colación una resolución de 27/JUL/2015 (hace escasamente 6 meses) en la que se incluía a Alzira en la lista de las poblaciones para las que la Dirección General del Catastro se daba hasta el 30/NOV/2016 para efectuar la regularización catastral. He de reconocer que yo no tenía conocimiento de esa resolución y pido disculpas por no haberla tenido en cuenta en mis comentarios anteriores.

También creo que ha quedado muy claro que el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (del 2004) en su artículo 28.3 fija taxativamente el periodo de obsolescencia de los valores catastrales en diez años (hasta 31/DIC/2014).

Sin embargo, el 27/DIC/2012 se añadió a esa Ley una disposición adicional que permitía ignorar el plazo de diez años fijado en la Ley y ampliarlo hasta los doce años (hasta 31/DIC/2016). Así que, desde 2013 hasta 2015, la Dirección General del Catastro ha venido aplazando reiteradamente sus actuaciones de oficio con múltiples resoluciones en ese sentido. Menciono las que constan en este documento http://www.catastro.minhap.gob.es/documentos/normativa/trl_000104_0503.pdf . Ignoro si habrá alguna más.

1. Resolución de 10 de septiembre de 2013, (B.0.E. núm 239, de 5 de octubre).
Plazo ampliado por Resolución de 5 de marzo de 2014, (B.O.E. núm 59, de 10 de marzo).
2. Resolución de 5 de marzo de 2014, (B.O.E. núm 59, de 10 de marzo).
Plazo parcialmente ampliado por Resolución de 1 de octubre de 2014, (B.O.E. núm. 242, de 6 de octubre).
Plazo ampliado por Resolución de 21 de noviembre de 2014, (B.O.E. núm. 286, de 26 de noviembre).
3. Resolución de 22 de abril de 2014, (B.O.E. núm 105, de 30 de abril).
Plazo ampliado por Resolución de 21 de noviembre de 2014, (B.O.E. núm. 286, de 26 de noviembre).
Plazo parcialmente ampliado por Resolución de 22 de junio de 2015, (B.O.E. núm. 151, de 25 de junio).
Plazo ampliado por Resolución de 22 de octubre de 2015, (B.O.E. núm. 256, de 26 de octubre).
4. Resolución de 9 de junio de 2014, (B.O.E. núm. 145, de 16 de junio).
Plazo ampliado por Resolución de 21 de noviembre de 2014, (B.O.E. núm. 286, de 26 de noviembre).
Plazo ampliado por Resolución de 22 de octubre de 2015, (B.O.E. núm. 256, de 26 de octubre).
5. Resolución de 30 de junio de 2014, (B.O.E. núm. 164, de 7 de julio).
Plazo ampliado por Resolución de 21 de noviembre de 2014, (B.O.E. núm. 286, de 26 de noviembre).
Plazo ampliado por Resolución de 22 de octubre de 2015, (B.O.E. núm. 256, de 26 de octubre).
6. Resolución de 28 de julio de 2014, (B.O.E. núm 185, de 31 de julio).
7. Resolución de 30 de octubre de 2014, (B.O.E. núm. 266, de 3 de noviembre).
Plazo ampliado por Resolución de 22 de octubre de 2015, (B.O.E. núm. 256, de 26 de octubre).
8. Resolución de 9 de diciembre de 2014, (B.O.E. núm. 302, de 15 de diciembre).
Plazo ampliado por Resolución de 22 de octubre de 2015, (B.O.E. núm. 256, de 26 de octubre).
9. Resolución de 16 de diciembre de 2014, (B.O.E. núm. 308, de 22 de diciembre).
Plazo ampliado por Resolución de 22 de octubre de 2015, (B.O.E. núm. 256, de 26 de octubre).
10. Resolución de 22 de junio de 2015, (B.O.E. núm. 151, de 25 de junio).
11. Resolución de 27 de julio de 2015, (B.O.E. núm. 181, de 30 de julio).

Como puede verse, algunas son ampliación de plazo sobre ampliación de plazo. El argumento esgrimido suele ser que “La complejidad de las actuaciones desarrolladas en el procedimiento de regularización catastral para comprobar la adecuación de la concordancia de las descripciones catastrales de los bienes inmuebles con la realidad inmobiliaria, dado el elevado número de municipios a comprobar y su dispersión geográfica, determina con carácter general que los plazos previstos en las mencionadas Resoluciones resulten insuficientes”.

Queda por saber, "mindthegap" quizás pueda aclarárnoslo, cual fue la situación legal en la que se encontró la administración durante el periodo ENE/2015 a JUL/2015 (después de finalizar el periodo de vigencia de los valores catastrales 2005-2014 y antes de la resolución de aplazamiento dictada por la Dirección General del Catastro.

En todo caso, estuvo en las manos del equipo de gobierno del PP pedir (a la vista la incuestionable caída de los precios de los inmuebles en el periodo 2010-2014) la revisión catastral y no lo hizo. Ha estado y sigue estando en las manos del actual equipo de gobierno pedir esa misma revisión y tampoco lo ha hecho hasta ahora. Conforme van las cosas parece ser que, finalmente, la revisión se abordará de oficio sin que ni los unos ni los otros hayan adoptado, realmente, medidas políticas en este asunto.

Desde mi punto de vista en España se legisla mucho, posiblemente demasiado. Suele ocurrir en los países en los se muestra poco respeto por las normas y las leyes. También creo que esa legislación no suele tener los pies en el suelo y, con frecuencia, se incumplen los objetivos que la misma legislación se plantea.
mindthegap - 15/02/2016
Estimat Agustín, no es tracta de si jo he sabut traure a col.lació la resolució de 27 de juliol, de fet, més amunt, en un comentari anterior ja l’havia assenyalada. La vertadera qüestió és que creia necessari reproduir-la per a que ningú continuara en el seu error i amb això contribuïra a la confusió, supose que de manera no intencionada.

Com en tot, i també en el tema que ens ocupa, hi han coses que formen part de la certesa i d’altres que formen part de l’opinió. Les certeses quines són:

-El Ministeri d’Hisenda és l’entitat competent en cadastre i a ell li corresponen les revisions, dins els terminis temporals que marca la llei.
-Els ajuntaments poden demanar la revisió abans de la finalització dels terminis a partir del quals el ministeri actua d’ofici i passats cinc anys des de l’anterior valorització, sempre que hi hagen circumstàncies objectives que ho recomanen.
-Els ajuntaments apliquen un percentatge que està dins d’un interval acotat per la llei al valor cadastral per tal de calcular l’impost que popularment es coneix com “la contribució”.
-La resolució publicada dins el BOE n°181 de 30 de juliol de 2015.

Fins ací les certeses que s’haurien de donar a conéixer i que, estic segur, tu ja saps. Ara les qüestions opinables:

-El PP hauria d’haver demanat la revisió entre els anys 2010 i 2014. Pensant en què l’anterior regularització era de 2004, jo no estic molt segur de que les coses hagueren canviat molt. Però tampoc m’atrevisc a donar-te ni a llevar-te la raó.
-Els partits que abans estaven en l’oposició i ara en el govern no han demanat la dita revisió. Jo em pregunte: si les eleccions foren a finals de maig i, crec recordar, que el govern municipal no es formà fins quasi passat l’estiu, té sentit que demanaren una cosa que ja estava prevista? Ara bé, eixos mateixos partits ho duien dis els programes electorals, ells sabran per què, per a mi era un brindis al sol.
-Què passà entre gener i juliol de 2015? Jo no em trobe en condicions d’aclarir-ho, supose que la proximitat de les eleccions municipals de maig i que la majoria de polítics només governen pensant en les eleccions següents tenen la resposta.
-Que en Espanya es legisla massa, totalment d’acord. De vegades inclús es legisla per a desdir coses que deien lleis anteriors.

Finalment, allò important, com a ciutadans què podem fer, comparar en els nostres rebuts de l’IBI el valor cadastral una vegada feta la regularització, reclamar en cas de desacord i, d’altra banda, demanar responsabilitat a l’ajuntament en l'aplicació dels percentatges, sent sensible a la situació actual de molts habitants d’Alzira.

Salutacions.
Agustín Pérez - 15/02/2016
Completamente de acuerdo con "mindthegap".
viejo - 15/02/2016
Efectivamente "mindthegap", hay mucho de opinable al respecto de la pasividad de los políticos al respecto de la regularización del catastro, pero sin embargo tenemos la completa unanimidad de los políticos, en la medida que ha adoptado el actual Consistorio, me refiero a la miserable subida del IBI a las viviendas con un valor igual o inferior a la media y la bajada del IBI a las viviendas con un valor superior a la media.
Ante esta medida insolidaria y mendaz, el PP y Ciudadanos se han sumido en un completo y vergonzoso silencio, silencio que posiblemente sea debido a que los afectados son parte importante de su electorado.
Por no olvidar a los supuestos "izquierdistas de salón" del SEISDOBLE, que en espera de un puesto en el pesebre o a causa de ello, siguen tragando quina y callados como zorras .
Me gustaría conocer tu razonable y razonada opinión, ya que no acabo de entender este miserable y vergonzoso silencio.
saludos.
Carlos - 15/02/2016
Estimados Agustín y mindthegap, os veo muy informados y con lúcidos comentarios sobre la valoración catastral. Pero me gustaría aun a riesgo de hacerme cansino establecer unas precisiones.
En primer lugar, cuando la Ley de catastro dice para el procedimiento de valoración colectiva que es aquel que requiere una ponencia de valores total segun el articulo 28 de la Ley "sólo podrá iniciarse una vez transcurridos , al menos , cinco años desde la entrada en vigor de los valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoracion colectiva de carácter general y se realizará, en todo caso, a partir de los 10 años desde dicha fecha." si lo que la ley pretendiese como se comenta que fuesen 10 o mas años diría creo yo "solo podrá iniciarse una vez transcurridos, al menos cinco años desde..." y no haría falta poner nada mas ya que la podría solicitar el Ayuntamiento cuando quisiese. el decir "en todo caso a partir de los 10 años" entiendo que está obligando a solicitarla a los 10 años.
En segundo lugar estamos confundiendo el procedimiento de valoración colectiva que he comentado con el procedimiento de regularización catastral de la Disposición adicional Tercera que lo que se refiere es a la incorporación al catastro de los bienes inmuebles urbanos y de los inmuebles rústicos con construcción, así como de las alteraciones de sus características, que se puede realizar por el procedimiento de regularización catastral.
Por todo lo anterior entiendo salvo mejor opinión que se está incumpliendo la obligación legal de revisión catastral , así como el compromiso electoral de la misma.
mindthegap - 16/02/2016
Estimat Carlos, tens raó, en la meua última intervenció he mesclat el procés de regularització amb el de valoració, fent un ús indegut i reiterat de l’argumentació de la resolució publicada en el BOE n°181 de 30.07.2015. Per això no puc fer una altra cosa que disculpar-me.

Ara bé, això em du a una paradoxa, donat que el procediment de valoració col.lectiva s’inicia o bé a instàncies de l’ajuntament o bé d’ofici per part del ministeri, tenint en compte ademés que “...se realizará, en todo caso, a partir de los 10 años…”, la il.legalitat és compartida per les dues administracions involucrades. És ahí on entra l’argument d’Agustín, que el ministeri no para d’auto-atorgar-se prórrogues davant la seua incapacitat. També és cert que l’ajuntament té la possibilitat d’optar al procés de valoració simplificada.

Com apuntes, l’incompliment electoral existix, no hi ha dubte, però em reafirme en l’opinió de què es tractava d’un brindis al sol per part dels partits que ho portaven en els seus programes, la prova és que no s’atrevixen a encetar el procediment.

De fet, jo no sóc massa optimista amb allò de què els contribuents eixirem guanyant amb la revisió de valors, ademés l’aposta d’una baixada aproximada del 50% em continua pareixent un poc arriscada, però ja te dic que m’agradaria estar del tot equivocat en aquest aspecte.

Salutacions. Ha sigut un plaer discutir de tot açò.
mindthegap - 16/02/2016
Estimat viejo, jo no sóc un expert en temes tributaris. Per tant la resposta que et puga donar no té més profunditat ni capacitat d’anàlisi que la de qualsevol altra persona.

Que hi haja una pujada en el tipus impositiu que grava les vivendes amb un valor igual inferior a la mitjana i una baixada en les de major valor no em pot semblar bé, poc estètic pensant que, en general, els propietaris del primer tipus de vivendes són gent amb menys recursos.

A la qüestió de per què hi ha gent que no diu res al respecte jo no puc contestar, però trobe que les assemblees ciutadanes que s’organitzen des de l’ajuntament podrien ser un bon fòrum on plantejar les teues inquietuds.

Salutacions.
viejo - 16/02/2016
mindthegrap, desde el anonimato se trabaja mejor, tiene mucha más repercusión un comentario en el SEISDOBLE que una intervención ante los fans del Ayuntamiento en las asambleas ciudadanas.
Te sorprendería el efecto que causan en el Consistorio muchas de las críticas que aquí se hacen, sin olvidarnos de que ELSEISDOBLE tiene mayor eco mediático que cualquier otro medio de comunicación a nivel local.
saludos.
SALVA - 17/02/2016
Estimado viejo, aunque no lo parezca por tus contestaciones, vuelvo a estar de acuerdo contigo con tu último comentario. Igual es que como también me estoy haciendo mayor, los coleres del cristal por los que miro, ya no son tan nítidos. Igual en unos días y en función de unas averiguaciones que estoy haciendo con el tema de los coheficientes aplicados en el IBI, nos damos una pequeña alegría. Muchas gracias a "mindthegap" por sus valiosas aclaraciones realizadas en sus comentarios respecto de la revisión catastral. Saludos solidarios

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