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viernes, 21 de enero de 2011
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 La OMIC de Alzira inicia las inspecciones de la campaña de rebajas de invierno en defensa del consumidor

La publicidad debe aportar la información que coincida con la realidad de la venta que se realice


La OMIC de Alzira, con el objetivo de continuar el control de la actividad de ventas en rebaja y de defender los derechos del consumidor, que en esta época incrementa sus compras, en parte, atraídos por el reclamo que supone la venta de artículos a un precio más ventajoso que en condiciones normales, ha iniciado una serie de inspecciones para hacer un seguimiento de las ventas, garantizado de cara al consumidor, que el desarrollo de las mismas se realice conforme a lo que la normativa exige.

Estas inspecciones que realiza la OMIC se iniciaron ya el día 10 de enero y continuarán hasta el 28 de febrero.

El concejal de Comercio y Consumo, Manolo Nebot, ha destacado que “la campaña de inspección rebajas de invierno se lleva a cabo desde la OMIC todos los años, en colaboración con la Dirección General de Comercio y Consumo, puesto que como OMIC acreditada por la Generalitat Valenciana, participa en las campañas de inspección, tanto autonómicas como nacionales, así como en la Red de Alertas del Instituto Nacional de Consumo”.

 

Normativa relacionada con las rebajas:

Son ventas promocionales reguladas en la Comunidad Valenciana: los saldos, las liquidaciones, las ventas con descuento y las rebajas, exigiéndose para cada modalidad distintos requisitos.

La oferta final de las rebajas solo podrá anunciarse durante los diez últimos días.

Los productos rebajados serán exhibidos habitualmente y no los adquiridos, deteriorados o destinados exclusivamente a rebajas.

Los productos rebajados deberán formar parte de las existencias del establecimiento como mínimo con un mes de antelación a la fecha del inicio de las rebajas.

Tanto en la publicidad como en la presentación de los productos, se exhibirá junto al PVP habitual el PVP rebajado.

El marcado de precios se realizará de tal manera que el consumidor no necesite de ninguna aclaración, ni respecto al precio habitual ni al rebajado.

Respecto a las fechas es importante señalar que las ventas de rebajas solo podrán tener lugar como tales en dos temporadas anuales; una iniciada al principio del año y la otra en torno al periodo estival de vacaciones. La duración de cada período de rebajas será como mínimo de una semana y máximo de dos meses.

Por otra parte, también la publicidad debe aportar la información que coincida con la realidad de la venta que se realice:

En los anuncios deberá especificarse la duración y, en su caso, las reglas especiales aplicables.

Cuando las ofertas especiales no comprendan al menos la mitad de los artículos puestos a la venta no se podrán anunciar como una medida general, sino requerida exclusivamente a los artículos o sectores a los que realmente afecte.

Existen servicios obligatorios, por parte de los comerciantes, pero que si los ofertan o generan expectativas ante el consumidor, con la información o publicidad, deben prestarse, como por ejemplo, la aceptación de cambios o devoluciones.

 

 

El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

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