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EL SEIS DOBLE
domingo, 12 de julio de 2020
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 Un nuevo proceso de ‘Familia Expres’ como consecuencia del coronavirus

Esta intención del gobierno se encontrará con el atasco histórico de los juzgados de familia de la comarca


 
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El Real Decreto-Ley 16/2020 regula “ex novo” un procedimiento especial para la resolución de cuestiones relativas al derecho de familia directamente derivadas de la crisis sanitaria.

Concretamente está previsto que este nuevo procedimiento verse sobre:

1.        Compensaciones de las estancias en el régimen de visitas o custodia compartida, cuando uno de los progenitores no haya podido atender a los hijos como consecuencia de las medidas adoptadas por el COVID-19.

 

2.       Revisión de alimentos y pensiones reguladas en las medidas definitivas, ya se trate del sostenimiento de las cargas del matrimonio, pensiones económicas entre cónyuges o alimentos reconocidos a los hijos. Siempre que hayan variado sustancialmente las circunstancias económicas de cónyuges y progenitores como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19.

 

3.       Establecimiento o revisión de alimentos, cuando dicha novedad o modificación tenga como fundamento haber variado sustancialmente las circunstancias económicas del pariente obligado o beneficiario de dicha prestación alimenticia, como consecuencia de la crisis COVID-19. 

 

Resultará competente el Juzgado que en su día hubiera establecido la medida (visitas, guarda, alimentos…) que se pretenda revisar.

Para el caso de las demandas previstas en el apartado c), que se soliciten alimentos por primera vez, será competente el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio común de los progenitores; y en el caso de residir los progenitores en distintos partidos judiciales, será tribunal competente a elección del demandante entre el del domicilio del demandado o el de la residencia del menor (por remisión al art. 769.3 Lec).

 

 En cuanto a la tramitación de este nuevo procedimiento:

 

·       En el supuesto de demandas de revisión de pensiones, se prevé expresamente que la demanda se acompañe de certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones del demandante, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios de desempleo, en caso de situación legal de desempleo; o bien el certificado expedido por la AEAT sobre la declaración de cese de actividad o disminución de ingresos del demandante, en el caso de ser autónomo (trabajador por cuenta propia).

·       El Letrado de la Administración de Justicia admitirá la demanda por decreto. Si estima que puede haber falta de jurisdicción o competencia, dará cuenta al Juez para que resuelva sobre su admisión.

·       Celebración de la Vista (Juicio) durante los 10 días siguientes a la admisión a la demanda. Previa convocatoria de las partes y Ministerio Fiscal (si hay menores o discapacitados).

·       Se podrá intentar que las partes lleguen a un acuerdo con carácter previo a la celebración de la vista que, en caso de adoptarse, será homologado judicialmente.

·       En los casos de compensación de estancias se dará audiencia a los hijos menores si el tribunal lo considerara necesario y, en todo caso, a los mayores de doce años. Tanto en el régimen de custodia exclusiva como en el de custodia compartida, con antelación a la celebración de la vista (juicio).

 

Comprobamos así que el nuevo procedimiento busca dar una solución ágil y rápida a la mayoría de los problemas que se han producido en el ámbito de familia.

Pero por desgracia, si no se refuerza la plantilla actual de los Juzgados de Familia que pueda dar trámite a estos nuevos procesos post crisis, la intención del legislador se quedara una vez más es eso : una ilusión.

Carles Aranda Mata – Abogado

 

  

El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

 


 

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El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

Comentarios de nuestros usuarios a esta noticia

Rosa Maria de Dios - 19/05/2020
Cada día hay mas desunión en las familias. Padres y hijos sufriendo por las consecuencias de la no comprensión, los mas afectados son los niños. Voy a decirles la gran verdad de Dios.
Los padres lamentablemente están manipulando a sus hijos pequeños, haciéndoles caminar por los caminos erróneos que caminan ellos. Dios no va a permitir ya mas la manipulación de los niños, ellos nacen puros sin mancha de errores y pecados, y la gran verdad es que los padres en la gran mayoría los hacen impuros y los dirigen a crecer en el error y en al pecado.
Los niños son inocentes de los errores y pecados que cometen los seres humanos, la energía de Dios en ángeles bajaran y protegerán a esos pequeños, el virus mortal no les afectara, todo es posible para Dios, no se les olvide nunca el cetro en las manos divinas de Dios va gobernar con gran justicia en este planeta Tierra, como único Rey y Señor de toda la creación.
Dios es Dios, no los reyes hombres coronados que gobiernan con gran injusticia y les siguen como dioses en esta vida.
El es la verdad El Es la vida y ya esta empezando con el cetro en la mano hacer justicia.
Maya
bernaet - 01/06/2020
Señora Maya la interplanetaria qué yo sepa los padres no manipulamos a nuestros hijos al contrario los llevamos por el buen camino quien manipula es usted que está en la iglesia de la cienciologia, menudo toston de señora deje de dar consejos a los demás y usted haga las cosas bien y no como su pensamiento dice, mentiras y más mentiras, qué toston de señora.

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