Debido a las resistencias observadas durante estos años pasados debemos evitar el empleo de estrobilurinas (azoxistrobin y piraclostrobin)
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Iniciamos el mes de abril insistiendo en la necesidad de control sobre el hongo Plurivorosphaerella nawae, de ahí que tengamos que considerar los siguientes puntos:
1. Es importante que se elimine la hojarasca que pueda haber en el interior o entornos de las parcelas para reducir inóculo.
2. Debido a las resistencias observadas durante estos años pasados deberemos evitar el empleo de estrobilurinas (azoxistrobin y piraclostrobin)
3. Desde el 4 de enero de 2022, el empleo de mancozeb ya no está autorizado. A la hora de realizar los tratamientos tendremos en cuenta las siguientes consideraciones:
· De forma general y a modo de orientación, el período de riesgo suele coincidir con los meses de abril, mayo y junio, aunque las fechas concretas cambian en función de la evolución del hongo en cada campaña. · Debemos comenzar los tratamientos por las parcelas de fenología más avanzada.
· El primer tratamiento se realizará con un producto penetrante como difenoconazol o fluxapyroxad. · Realizar como máximo cuatro aplicaciones fungicidas durante el período de riesgo (salvo si se aplica Bacillus subtilis, cuyo tratamiento debería repetirse cada 5 días). · Captan, y fluxapyroxad: máximo una aplicación de cada.
· Difenoconazol: máximo dos aplicaciones, nunca de forma consecutiva. Alternar con fungicidas de otros grupos. · No realizar ningún tratamiento fungicida a partir de mediados de junio. · Se recomienda seguir las indicaciones descritas en la hoja de registro y/o etiqueta.
· 1º Se deben utilizar exclusivamente los productos fitosanitarios autorizados en caqui y en las condiciones de su autorización (dosis, período de aplicación, plazo de seguridad, etc.).
· 2º En el caso de las autorizaciones excepcionales para el control de la mancha foliar (captan y fluxapyroxad) hemos de recordar que su límite máximo de residuos (LMR) se encuentra en el límite de determinación analítica.
Además, el resto de productos autorizados tienen su LMR también en el límite de determinación analítica. Para poder hacer frente a esta problemática, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a petición de la Conselleria de Agricultura, ha concedido la autorización excepcional para una aplicación como máximo de captan y fluxapyroxad, por darse una situación de peligro imprevisible que no puede ser controlado por otros medios.
Productos autorizados:
- Azoxistrobin 25% [SC] p/v, a dosis de 50-100 ml/Hl (0,05-01%)
- Bacillus subtilis (Cepa QST 713) 1,34% [SC], a dosis de 4-8 l/ha - Captan 47,5% [SC] p/v, a dosis de 2,1 l/ha - Difenoconazol 25% [EC] p/v, a dosis de 20-45 ml/Hl (0,02-0,045 %)
- Fluxapyroxad 30% [SC], p/v a dosis de 0,3 l/ha - Piraclostrobin 20% [WG] p/p, a dosis de 0,5 kg/ha Todos los formulados deben estar expresamente autorizados en el cultivo del caqui.
Cooperativa Hortofrutícola de Alzira, ALZICOOP, COOP.V.
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