

El plazo para la presentación de las solicitudes se extenderá desde el 1 al 15 de julio
OBJETO:
Pueden solicitar estas subvenciones:
las entidades locales de la Comunitat Valenciana que ejerzan competencias en materia de Empleo
las entidades sujetas a derecho público dependientes o vinculadas a las entidades locales de la Comunitat Valenciana que ejerzan competencias en materia de Empleo
las entidades sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, en cuyos estatutos figure expresamente el desarrollo de programas de empleo con apoyo dirigidos a la inserción laboral de las personas con diversidad funcional.
NO podrán obtener la condición de beneficiario:
a) las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídicas, aunque pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
c) Por estar sujetas estas ayudas a lo dispuesto en el artículo 34 y en los capítulos I y II del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, NO podrán ser beneficiarias de estas ayudas, de conformidad con el artículo 1 de dicha norma:
las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
las empresas en crisis, según la definición que efectúa el artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014 mencionado.
CUANTÍA:
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
FORMA DE PRESENTACIÓN:
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