EL SEIS DOBLE
sábado, 2 de noviembre de 2024
El Consorcio de Compensación de Seguro (CCS) indemnizará a los afectados por la DANA del 29 y 30 de octubre
Como requisito, la persona o el bien afectado deben estar asegurados y tener su seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria
El Consorcio de Compensación de Seguro (CCS) del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa indemnizará a los afectados por las recientes inundaciones producidas desde el 29 de octubre en zonas de Valencia, Albacete, Cuenca y Andalucía Oriental.
Como requisito, la persona o el bien afectado deben estar asegurados y tener su seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria. Este hecho se debe acreditar en la solicitud de indemnización al CCS.
Aunque la legislación de seguros prevé un plazo de 7 días desde que se producen los daños para presentar la solicitud de indemnización, el CCS ha anunciado que registrará y gestionará todas las solicitudes de indemnización que reciba de los asegurados, con independencia de este plazo.
Consulta la nota informativa emitida por el CCS, así como su guía práctica para la solicitud de la indemnización y el documento de Preguntas y Respuetas Frecuentes elaborado por UNESPA.
Recomendamos contactar con vuestro corredor de seguros o vuestra agencia aseguradora para la tramitación de la solicitud de indemnización.
AEA Alzira
El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.
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