Los bancos pueden encarecer un 20% tu vivienda con servicios no obligatorios
Las entidades bancarias suelen obligar al consumidor a contratar servicios como condición para la obtención del crédito
Leyendo las revistas del sector de seguros e información financiera, me encuentro con la siguiente noticia que en estos tiempos me parece curiosa, pero realmente es cierto y está pasando en toda España.
“La Unión de Consumidores de España (UCE) en Avilés ha denunciado este sábado una práctica que ya es habitual en los últimos años, como que la petición de un crédito hipotecario sea aprovechada por las entidades bancarias para contratar servicios que no son obligatorios y que llegan a encarecer la vivienda hasta en un 20%.
Por ley tampoco es obligatorio domiciliar nóminas, ni recibos, ni contratar otros servicios como la suscripción de tarjetas de crédito.
El responsable del servicio jurídico de UCE en Avilés, Álvaro Carballo, ha aclarado que la actual legislación sólo exige a quien contrata el préstamo hipotecario un seguro de incendios.
No sería obligatorio, por tanto, un seguro de vida, de incapacidad temporal o de desempleo, ni el de prima fija, ni el de defectos constructivos, ni contratar un plan de pensiones.
‘Por ley tampoco es obligatorio domiciliar nóminas, ni recibos, ni contratar otros servicios como la suscripción de tarjetas de crédito’, ha explicado Carballo.
Sin embargo, las entidades bancarias ‘suelen obligar al consumidor’ a contratar este tipo de servicios como condición para la obtención del crédito.
La exigencia en muchos casos de avales personales, además de otras garantías, suponen ‘someter al consumidor a esfuerzos excesivos’ que el volumen y riesgo de la operación para la entidad de crédito ‘no siempre justifican’.
Todo ello provoca un incremento de hasta un veinte por ciento de los costes de adquisición de la vivienda ‘pero también un nivel de sobregarantía y sobrecobertura del préstamo poco o nada justificable’.
Además, estos productos adicionales están orientados fundamentalmente a respaldar la garantía de las entidades bancarias más que la del propio consumidor.”
Ante todo esto, es importante que antes de contratar un préstamo con alguna entidad consulte con su gestor habitual, persona que esta totalmente cualificada y titulada para responder a todas las preguntas o dudas que suelen salir ante este tipo de situaciones.
Francisco Pellicer Moltó
Comentarios de nuestros usuarios a esta noticia
a mi no me han obligado, pero conforme iba contratando productos me iban bajando puntos de interés, entonces por tener un plan de pensiones, una visa, el seguro de la casa y domiciliar la nómina pago un 0'75% menos, así que me interesaba
No será obligatorio por ley, pero si será obligatorio por norma del banco y si no entras a lo que te dicen, a su normativa, ¿qué haces? No sé si me explico, una cosa será el tema civil, pero otra, como son entidades privadas tb. tienen derecho a poner sus reglas que si no te interesan te dejan sin escapatoria y sin hipoteca. Nos manejan como quieren, pero esto ya es viejo.
Anita siempre tienes la opción de darte de baja de todo lo que te han endosado con la hipoteca al año siguiente, tampoco te va a pasar nada, como han dicho en el artículo es "de ley".
Mala solución amigos, los bancos son los bancos y nosotros a claudicar
seran privats, però a qui els han donat diners publics perquè puguen prestar-lo?. El que sobren són intermediaris, el que Estat hauria de fer és una banca estatal que gestionara els préstecs hipotecaris. Ja que les Caixes d'Estalvis suposadament publiques actuen igual que els bancs privats, de fet alguns bancs privats ofereixen millors condicions que les Caixes. Qui ho entén?
A pasar por la piedra y eso que los bancos son unos de los culpables de la actual crisis. Gobierno y Bancos son el poder, nosotros una m... así que le diría al autor que aunque tiene toda la razón del mundo, nos toca bailar con la más fea.
Si hay algo que me enerva sobremanera es esa resignación colectiva que parece undirnos a todos. Somos más! y la razón nos asiste. Eso no es un llamamiento para ir a quemar bancos. Pero creo que ya esta bien de estar tragando siempre los mismos.
Quisiera preguntarle al autor del artículo como profesional o a alguno de los comentaristas si yo puedo anular legalmente las cadenas que me puso hace 4 años un banco para sacarme una hipoteca. No estoy contento con el servicio que me dan, por lo que creo que debería poder anular esos seguros, tarjetas, plan de pensiones y fondo que tengo con ellos, aunque fuera manteniendo solo la libreta y la hipoteca. ¿A quién puedo acudir? ¿A un abogado? He puesto mis quejas al servicio al cliente del banco, pero como tienen argumentos para todo me he quedado igual. ¿Sería legal mi reclamación? Repito que está basada en un mal servicio que, además, es demostrable. Gracias.
Aries, aunque no sea el autor del artículo, puedo decirte que tu puedes anular todo lo que dices pero pagando la correspondiente penalización... tontos no están, es su negocio y nosotros los "primos"
d'acord amb alzira i plores, o una banca estatal o la intervenció o participació del gobern dins la banca
Añadir un comentario