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EL SEIS DOBLE
miércoles, 31 de diciembre de 2014
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 La OID, a pesar de ser sancionada por Hacienda, continua operando de forma ilícita en Alzira y la Ribera

"Procuraremos la erradicación definitiva de esta lacra social que en ningún caso puede tener cabida en un Estado de derecho"


 

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El pasado 2 de diciembre supimos, a través de una nota de prensa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de la sanción que le había sido impuesta a la Organización Impulsora de Discapacitados  (OID) por producir, distribuir y comercializar boletos de lotería de forma ilícita consistente en una multa de 25 millones de euros. Desde UP y UTO-UGT, no habíamos realizado todavía valoración alguna de esta medida en espera a conocer la totalidad de la resolución que debía publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

Pues bien, el pasado 27 de diciembre se hizo pública la mencionada resolución en el BOE con la que podemos corroborar que el alcance de la sanción es la multa económica señalada más arriba.

Desde el punto de vista práctico, es indiscutible que hubiéramos deseado que medidas de mayor contundencia acompañaran a la multa, sin embargo, y desde una perspectiva objetiva, tenemos que realizar una valoración positiva de la actuación, puesto que por primera vez, y desde hace 20 años que existe la OID, una resolución oficial proveniente de un organismo del Estado declara con rotundidad la ilicitud de la actividad de esta organización.

Se trata, por tanto, de una iniciativa gubernamental que debe ayudar a continuar luchando para erradicar de forma definitiva el juego ilegal en nuestro país. Es un instrumento que podemos utilizar para conminar a las administraciones locales y autonómicas a que ejerzan el papel coercitivo que les es propio.

Si la parte dispositiva de la Resolución es limitada en cuanto a la imposición directa y exclusiva de la multa de 25 millones de euros, el cuerpo expositivo explicita con contundencia determinadas aseveraciones que ayudarán al resto de administraciones a entender cuál es el verdadero problema generado por esta actividad ilegal y, por tanto, coloca a las mismas en una mejor posición para tomar las decisiones oportunas.

En la Resolución podemos leer cómo desde la Dirección General de Ordenación del Juego se afirma con rotundidad, basándose en diferentes informes policiales y sentencias jurisdiccionales, cuestiones tan determinantes como las siguientes:

- Señala que la OID infringe la reserva de loterías prevista en la Ley de Regulación del Juego.

- Establece que estas actuaciones suponen una infracción muy grave de la legislación.

- Concreta, sin lugar a ningún tipo de dudas, que la OID carece de título habilitante para comercializar loterías. Destaca, además, que dicha Organización ha promovido la solicitud en cuatro ocasiones, habiéndole sido denegada en todas ellas, conforme a derecho. Las resoluciones denegatorias fueron recurridas en sede judicial por la OID y en todos los casos las sentencias son contrarias a su petición.

- Se determina fehacientemente que se trata de una actividad prohibida por la Ley y, por tanto, incompatible con la legislación vigente.

- Se defiende con firmeza que la reserva de loterías para SELAE y ONCE establecida en la ley española es completamente admisible por la legislación europea.

- Plantea con claridad la ilegalidad de la actividad de la OID e incluso realiza una valoración sobre la actitud continuada de esta Organización de desprecio a la ley.

- Menciona la indefensión laboral en la que se encuentran los trabajadores/ colaboradores de la OID.

- Afirma que la página Web de la Organización multada no sólo incumple con los requerimientos legales generales, sino que ni siquiera limita el juego a menores.

- Asevera que queda probado el incumplimiento reiterado de la Ley de Regulación del Juego, lo que supone un atentado grave contra la legislación vigente.

Por tanto, se trata de una noticia que debemos saludar con satisfacción. Desde Unidad Progresista y desde la Unión de Trabajadores de la ONCE, plantearemos diferentes iniciativas para lograr que esta Resolución suponga un instrumento real que procure la erradicación definitiva de esta lacra social que en ningún caso puede tener cabida en un Estado de derecho.

UP y UTO-UGT

 

Publicación en el BOE de la sanción a la OID

 

 


 

                           
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El Seis Doble no corrige los escritos que recibe. La reproducción de este texto es literal; fiel a las palabras, redacción, ortografía y sentido del autor/es.

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