

Fija como fecha para contabilizar esta prescripción el 14 de diciembre de 2009, en lugar del momento en que se cometieron los crímenes

La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Alzira ha rechazado considerar como prescritos los delitos por los que fue procesado Antonio Anglés, actualmente en paradero desconocido, por su participación en el llamado ‘caso Alcàsser’.
Según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la magistrada considera que la responsabilidad criminal de Anglés, en la desaparición y muerte de Toñi, Miriam y Desirée, las tres niñas de Alcàsser, “no se puede considerar extinguida actualmente por prescripción”.
La decisión judicial coincide con la conclusión del informe que realizó el fiscal jefe del área de Alzira, Javier Rosa, quien se opuso a la prescripción de los delitos por considerar que las investigaciones tienen ‘virtualidad suficiente’ para interrumpir el plazo necesario para la prescripción del delito.
La Asociación Clara Campoamor, que ejerce la acusación popular en esta pieza, ya manifestó al juez instructor su rechazo a la prescripción “al menos hasta 2029, teniendo en cuenta que las últimas diligencias practicadas de las que se tienen constancia datan de 2009”.
El pronunciamiento de los tribunales coincide con el vigésimo aniversario de la desaparición, en noviembre de 1992, de las tres menores, halladas muertas en enero de 1993, un crimen por el cual el único detenido, Miquel Ricart, cumple una condena de 170 años de prisión.
Anglès fue procesado por tres delitos de rapto, violación y asesinato, un delito de inhumación ilegal y un delito de tenencia ilícita de armas, y el plazo establecido para su prescripción es de 20 años, ya que se calcula en función de la pena prevista para la falta más grave, en este caso el asesinato.
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